jueves, 26 de noviembre de 2009

El dichoso Plan de Higiene

Los Planes Generales de Higiene son una serie de planes recopilados dentro del obligatorio Sistema de Autocontrol de todos las empresas alimentarias y de hostelería. Los estableció como obligatorios la UE hace unos años. Ya estaban incluidos en la legislación de varios países europeos donde se cumplían y cumplen a rajatabla, como por ejemplo, Alemania.

Cuando se introdujeron en España fueron un problema para muchos autónomos y PYME´s (un ejemplo, aquí) , ya que les obligaba a plasmar en un documento las normas básicas de higiene de su negocio. Muchos lo intentaron de motu propio sin tener ni la información ni la formación para hacerlo. Así, conforme realizaban sus Planes de Higiene, éstos eran rechazados por los veterinarios o inspectores de sanidad competentes, y tenían que volver a repetirse. Muchas de estas empresas optaron por la vía rápida de que se los elaboraran veterinarios o farmacéuticos particulares o tomar las ofertas de empresas que en realidad tenían poca experiencia en el sector de la alimentación, con el consiguente gasto de tiempo y dinero.

Por su parte, la UE fué incorporando nuevas normativas que variaban la legislación con distintos matices. De manera que cuando un Plan de Higiene llevaba poco tiempo aprobado, éste tenía que repetirse, y repetir el desembolso efectuado.

También contribuyó (y todavía contribuye) la administración del Reino de Taifas (España), de manera que lo que era válido en una Comunidad Autónoma, no era válido en la vecina, e incluso, entre Distritos de Salud. Todo esto dió lugar a un poco de desconcierto entre los mismos Inspectores y Veterinarios que tenían que aprobarlos, pues no terminaban de tener claras las normas a qué atenerse. (lo cual sigue ocurriendo, de hecho, muchos matices de los Sistemas de Autocontrol difieren del criterio de la autoridad sanitaria municipal).




Con los años, estos problemas han creado cierta desazón, pues los empresarios miraban (y miran) los Planes de Higiene como un gasto vacío, sin interés, algo que deben repetir cada cierto tiempo. También ocurre algo parecido con el Certificado de Manipulador de Alimentos de Bajo o Alto Riesto. La percepción de los empresarios y trabajadores de los Sistemas de Autocontrol es que son un proceso burocrático necesario para ejercer su profesión, más que un medio para aumentar la calidad de sus productos, de garantizar su seguridad, con el fin de obtener la fidelización de sus clientes, e incluso aumentar su número.


Actualmente, la normativa marco es el Reglamento 852/2004 de la UE, y la propia Junta de Andalucía ha facilitado una Guía de Requisitos Simplificados de los Planes de Higiene. (Se pueden descargar aquí). Estos planes son válidos para pequeños negocios de hostelería, tales como bares, cafeterías y pequeños restaurantes.

El resto de empresas, desde pequeños almacenes a carnicerías y pescaderias, caterings, restaurantes que sirvan elevada cantidad de comidas, salones de bodas, obradores, bodegas, explotaciones agrarias, ganaderías y granjas avícolas, mataderos, y hasta las grandes superfices e industrias de la alimentación, deben tener desarrollado un Sistema Integrado de Autocontrol de la Calidad e Higiene, que incluye Memoria Sanitaria, Planes de Higiene y Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC), así como en muchos casos estar inscritos con su correspondiente Registro Sanitario, en el caso de comercialización de sus productos en lugares distintos al de elaboración.

Este Sistema de Autocontrol Integrado debe realizarse con asesoramiento profesional y cualificado. En muchos casos, los propios empresarios se ven incapaces de poder cumplir con todos los controles y registros que vienen plasmados en los mismos, a no ser que contraten personal encargado para estas tareas.

La mayoría de ellos, no tienen la capacidad economica para poder contratar personal, y comienzan a realizar las tareas de Autocontrol de la Calidad. Con el tiempo, las dejan aparcadas por falta de tiempo, o como ocurre en la mayoría de los casos, POR OLVIDO, y acaban abandonando en un cajón todos estos documentos.

Como cumplimentar estos registros es de obligado cumplimiento, cuando llega el día de la visita de inspector o veterinario, el empresario queda en evidencia. Aparecen las excusas y las disculpas por no cumplir su obligación, con la consiguente sanción en muchos de los casos.

La forma de prevenir este problema, es que los empresarios de alimentación y hostelería no deben ver los Sistemas de Autocontrol como un proceso burocrático tedioso y un lastre. Deben verlo como una parte más de su jornada laboral y de su trabajo. Tan importante como la elaboración o la venta de sus productos .

Un Sistema de Autocontrol no es más que un medio para conseguir la mayor calidad de sus productos, y con ello la fidelización de su clientela, además de seguramente, aumentar la misma.

En siguientes artículos pondremos ejemplos.

25 comentarios:

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  2. todo esto es un gran mojon que lo que hace es quitarle el poco tiempo libre que pueda tener un autonomo, el cual no deberia preocuparse por los productos que ya vienen elaborados y que supuestamente ya han pasado por un control de calidad.A esto le llamo yo tocar los cojones y sacar mas dinero para solventar la crisis en la que nos esta sumergiendo este gobierno de " DICTADURA CONSENTIDA". Con todo esto se cerraran mas pequeños negocios incrementando el paro pedazo de cabrones los que llevan a cabo estas leyes.

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  3. Hola Anónimo.

    Veo que estás un poco desesperado y enojado. Supongo que te pasará como a la mayoría de autónomos, que se encuentran perdidos ante los planes de higiene, y no saben qué es lo que deben hacer.

    Hablas de los controles de calidad de los productos. No sé cuál es tu negocio y a qué sector te dedicas, pero si quieres, puedes enviarme un correo y te explicaré gustoso todas las dudas que tengas. Este es uno de los motivos de este blog.

    Si tu negocio se dedica simplemente a la distribución de productos, y no elaboras o manipulas ningún tipo de producto, comentarte que los planes de higiene de tu negocio se simplifican bastante.

    Por favor, cualquier duda, mándame un correo a andresjimco@gmail.com

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  4. Antes de nada agradecerte la información expuesta en tu blog, me ha sido muy útil, pero solo me queda la siguiente duda......... ¿es necesario que esto lo firme algún técnico? para el caso de un bar donde solo se sirven copas y bebidas envasadas

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  5. Hola Daniel, encantado de poder hablar contigo.

    Los planes de higiene no es necesario que sean elaborados por ningún técnico. Puedes realizarlos por tu cuenta a través de cualquier guía de planes de higiene, muchas de ellas están dirigidas a bares y restaurantes. Otra cosa es que no sepas muy bien qué hacer ni por donde empezar y entonces te dirijas a un consultor o técnico para que los elabore por tí, ya que él es el que tiene la formación y experiencia necesaria para la elaboración, y a un precio módico.

    Si optas por hacerlos por tu cuenta, lo mejor es que hables con el veterinario (o farmacéutico) de tu distrito sanitario y le comentes tus dudas. Él te indicará qué es lo que debes incluir en tu plan de higiene y qué no, y cuáles son los registros que deberás rellenar obligatoriamente, para tenerlos a su disposición el día que aparezca a hacer una inspección en tu local.

    Ese día comprobará que cumples con lo indican tus planes de higiene, y sobre todo, que rellenas y guardas los registros.

    También te recomiendo que si vas a realizar alguna reforma en el local, hables antes con él, o pídele que pase a visitarlo antes de que comiences la actividad, pues así puedes ahorrarte problemas después de realizar las reformas. Sobre todo en el tema de lavabos e instalaciones.

    Un saludo, y si tienes alguna otra duda, no dudes en comentarlo.

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  6. En el Reglamento 852 establece que el APPCC lo debe realizar personal con formación especifica, no culaquier persona, así pasa lo que pasa, que solo les preocupa rellenar unas fichas para cuando viene sanidad, cuando en realidad lo importante es controlar los precesos del establecimiento porque ellos son los responsables de lo que ocurra en su estbalecimiento y no sanidad. Informate antes de inofrmar por favor

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  7. Hola Anónimo:

    Si has leído bien la entrada, el artículo se refiere a los Planes de Higiene, no a los APPCC.

    Lee bien antes de criticar

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  8. Y se me olvidaba, si fuera así, no existirían las gúias elaboradas por las Consejerias de Sanidad para la elaboración de los Planes de Higiene, a disposición de quien quiera aplicarlas, que incluso distribuyen los mismos inspectores veterinarios.

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  9. a ver si me pueden ayudar, me han pedido que realice los planes generales de higiene de una carnicería y no se que precio pedir, si lleva también los puntos críticos de control y si es necesario tramitar el nº de registro sanitario. Gracias a quien pueda ayudarme

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  10. Hola Andrés, muy instructivo el artículo.

    Tengo que redactar los requisitos simplificados de los PH de mi comercio (pizzería de solo venta para llever y reparto a domicilio) y me sería de gran utilidad si tienes algún ejemplo de algún comercio que se le parezca.

    Saludos.

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  11. gracias por tu ayuda....aunque mejor si te hubiera encontrao haca un mes,mi esposo tiene desde un año una tiendecita y recibió una fantastica multa con 15 dias de plazo,q nos ha costao las 15 noches sin dormir,ya rellenamos las temperaturas de la camara y la mercancia recibida...¿también tenemos que rellenar un plan de limpieza?y ¿todo guardado durante 6 meses?gracias!!!

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  12. Debes rellenar todos y cada uno de los registros de tus Planes de Higiene, (incluido el de limpieza)

    Y de seis meses nada, debes guardarlos en principio indefinidamente. Recuerda que los registros puedes guardarlos en digital. Una solución práctica es que pases todos los registros a un documento excel o word y modificas con los registros de cada día. Si viene la inspección, los imprimes en ese momento, o directamente se los enseñas en el monitor al veterinario

    Un saludo

    Un saludo

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  13. Buen articulo.
    Soy Arquitecto Técnico y hoy he terminado de redactar mi segundo plan general de higiene para una tienda de chucherias y golosinas.
    Me he encontrado con un golega de profesión,al cual tenia aprecio hasta hoy,que me discutia diciendo que el plan lo debia elaborar un tecnico competente sanitario..
    Por más que yo le explicaba que lo podia redactar cualquier persona con una guia..el no hacia caso..seguia con lo suyo..no no no..
    Por eso estoy aqui verificando la información que ya hace un par de años lei por otro lado..

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  14. Hola Andrés.
    Me llamo Carmelo,soy el del comentario anterior.
    Podrias decirme si existe en algun sitio donde diga que para el PGH no hace falta técnico competente??
    Es para demostrar ante algun ayuntamiento alguna duda que pueda surgir..
    Muchas gracias.

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  15. Hola Carmelo. Sobre que es obligatorio que un técnico competente elabore el Plan de Higiene, no es así. Por eso están disponibles multitud de guías para que los autónomos elaboren sus propios planes de higiene. Estas guías son elaboradas por las propias comunidades autónomas y entregadas por los propios veterinarios. Enséñale una guia a tu ayuntamiento, o mejor, dile al funcionario que la busque.

    El responsable necesita formación competente específica, la cual ya la da el Certificado de Manipulador de Alimentos de Alto Riesgo, QUE SI ES OBLIGATORIO TENERLO.

    Otra cosa es que se prefiera pagar a un farmacéutico o un veterinario para elaborarlo, o un Técnico en Calidad y Seguridad Alimentaria. O contratar a un laboratorio para que hagan un plan de higiene a medida.

    depende de la dimensión de la empresa. No es lo mismo un establecimiento de chuches que una fabrica de embutidos con distribución al por mayor, y las necesidades en formación no son las mismas.

    Además, el que comprueba la validez de tu Plan de Higiene no es el ayuntamiento, es el inspenctor veterinario o inspector farmaceútico. Si tienes algún problema, consulta con ellos. Lo que diga otro funcionario es hablar por hablar.

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  17. Hola Andrés, en mi ayuntamiento me han dicho que yo misma puedo hacer el plan de higiene de mi tienda de alimentación, pero no se si descargandome la guia que facilitas en el articulo es suficiente. Tambien me dijeron que tengo que llevarlo junto con el carnet de manipulador al Distrito Sanitario de squi de Sevilla, pero no se para que ni si aqui hay que pagar algo. Si me puedes sacar de dudas por favor. Gracias

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  18. Hola yoana_ss

    Si no elaboras ningún producto, sino que sólo te dedicas a comercializar y vender en puesto de venta de cara al público, (ejemplo, el típico ultramarinos con fiambres y embutidos comprados al productor) en principio te valen los Requisitos simplificados de Higiene. Eso sí, debes adaptarlos y elaborarlos acorde a tu negocio y al trabajo que desarrollas.
    Son una plantilla y una guía, no un copia-pega.

    Ahora, como elabores algún producto (por ejemplo, unas simples croquetas congeladas) la cosa varía.

    De todas formas, el que mejor te puede guiar es el veterinario o farmacéutico de tu distrito. Visítalo, que no muerde, y le preguntas tus dudas. Llévale la guía y pregúntale.

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  19. Buenas, yo soy un "Técnico Cualificado", como lo llamais, que si, que no....así nos va, dejando en manos de cualquiera no ya la redacción, que hay muchos escritores fabulosos en este pais, sino la identificación real de riesgos, la implantación de sistemas de vigilancia eficaces y la aplicación de medidas correctoras en este ámbito tan simpático que es la alimentación humana.
    Porque después la hospitalización por salmonelosis la cubre el autónomo que es tan sufridito, no?
    Bah, en serio, y más bah. Así nos va.

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    1. Hola Anónimo, como creo que ya he respondí más arriba, me estoy refiriendo a los Planes Generales de Higiene, y los requisitos simplificados válidos para pequeños negocios. Repito, la propia Junta los pone a disposición, e incluso los propios veterinarios animan a usarlos.

      No estoy hablando en ningún momento de APPCC. Para eso ya sí se requiere cualificación, y se aplica a empresas de mayor grado.

      Por cierto, con más de un "Técnico cualificado" me he topado que identificaba algún que otro riesgo que no procedía, por el simple hecho de hacer de escritor, y cobrar por número de palabras. Y la salmonelosis también apareció, porque estaba más preocupado en escribir que en formar.

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  20. Hola Andres,soy Patri y estoy a punto de poner una carniceria charcuteria e incorporar algo de elaboracion propia,podrias informarme sobre el registro sanitario y los planes de higiene? no hacen todos!! mas que pedir dinero y mucho..arriba el autoempleo,no? gracias

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  21. Hola Patri, si vas a montar una carnicería-chacinería, y no vas a vender al por mayor, ni elaborar productos crudo-curados, como el salchichón, fuet, etc... no necesitas solicitar el registro sanitario.

    De todas formas, repito lo de siempre. PREGUNTA AL VETERINARIO DE TU ZONA. Es el que mejor te puede asesorar y orientar. Eso sí, los planes de higiene y las instalaciones en regla no te las quita nadie.

    Sobre el autoempleo: el tiempo es oro, y en la vida nada es gratis total. ¿Acaso vas a vender tus embutidos gratis?, pues a los consultores nos pasa los mismos. Elaborar documentación y dar asesoramiento cuesta tiempo y dinero.

    En internet se puede encontrar información y orientación gratis, como en este blog, pero yo también cobro por mis servicios. Una cosa es compartir información y otra solucionar problemas gratis.

    Mi consejo, si tienes que pagar que sea a un profesional.

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  22. Hola Andrés, como que si montas una carnicería-chacinería y no vende al por mayor no necesita Registro Sanitario.
    Creo que según Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
    Esta es la relación de actividades que están obligadas:
    a) Que el establecimiento (o domicilio social de empresas sin establecimiento) esté en territorio español.
    b) Que su actividad tenga por objeto alguno de los siguientes:
    Alimentos o productos alimenticios destinados al consumo humano.
    Materiales y objetos destinados a estar en contacto con alimentos.
    Coadyuvantes tecnológicos utilizados para la elaboración de alimentos.
    c) Que su actividad pueda clasificarse en alguna de las siguientes categorías:
    Producción, transformación, elaboración y/o envasado.
    Almacenamiento y/o distribución y/o transporte.
    Importación de productos procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea.
    Con lo que el Registro Sanitario en una carnicería va a misa, sino quiere tener problemas Patri.

    Por cierto soy consultor e implanto sistemas tanto APPCC, Higiene, Trazabilidad,...como bien comentais si se queda en el cajón no vale de nada hay que implantar cuestión que cada vez más empresas valoran.

    Bueno nada más, pero antés de asegurar erroneamente información, por favor

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    1. Tienes razón José Manuel, se me fué en su momento un poco la pinza por contestar deprisa y mezclé antigua y nueva legislación.

      Un saludo

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  23. Hola Andrés,veo que tienes mucha información sobre el tema, así que te planteo mi caso. Soy pequeño productor de castañas, unos 10.000kg y me gustaría venderlas por mi cuenta sin ninguna transformación, transportándolas adónde me las compren comercializadores, por ejemplo Madrid. Sabes si necesito Registro sanitario, plan de higiene y demás...
    Un saludo y gracias.

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